Acudimos para abrir la puerta del inmueble y cambiar la cerradura en la hora y fecha señalada para el lanzamiento.
Así nos aseguramos que el anterior inquilino no puede acceder a la vivienda en caso de que no entregue las llaves.
Esta opción sólo debe utilizarse en circunstancias extremas, en presencia de abogado, procurador y personal del juzgado.